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Relaciones con los inversores

Para invertir en Latitude 20 Equity Fund LLC, las personas o entidades deben:

  1. Envíe un acuerdo de suscripción completo.

  2. Someterse a la verificación como inversionista acreditado (compatible con la regla 506c del Reglamento D).

  3. Proporcionar la fuente de fondos y documentación de identidad de acuerdo con los protocolos AML/KYC.

  4. Financiar su inversión mediante transferencia bancaria a la cuenta de fondos designada.

  5. Recibir confirmación de su participación accionaria y documentación de incorporación de inversionistas.

Cómo invertir
Para invertir en Latitude 20 Equity Fund LLC, las personas o entidades deben:

  1. Envíe un acuerdo de suscripción completo.

  2. Someterse a la verificación como inversionista acreditado (compatible con la regla 506c del Reglamento D).

  3. Proporcionar la fuente de fondos y documentación de identidad de acuerdo con los protocolos AML/KYC.

  4. Financiar su inversión mediante transferencia bancaria a la cuenta de fondos designada.

  5. Recibir confirmación de su participación accionaria y documentación de incorporación de inversionistas.

Criterios para inversores acreditados
(Con sede en EE. UU.)

Para calificar según la definición de la SEC, un inversor debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  1. Patrimonio neto superior a $1,000,000 (excluyendo la residencia principal), individualmente o en conjunto con su cónyuge/pareja.

  2. Ingresos anuales superiores a $200,000 (individual) o $300,000 (conjunto) durante los últimos dos años con expectativa de mantenerlos.

  3. Tener determinadas certificaciones profesionales (por ejemplo, licencias de las series 7, 65 o 82).

Los inversores extranjeros deben cumplir estándares equivalentes en su jurisdicción y confirmar el cumplimiento de la Regulación S, si corresponde.

Trato cerrado

Documentos del Fondo Disponibles:

  • Memorando de Colocación Privada (PPM): descripción legal y financiera detallada.

  • Prospecto del Fondo: Plan estratégico, análisis de mercado y proyecciones financieras.

  • Acuerdo de suscripción: necesario para asignar capital en el fondo.

  • Acuerdo operativo (disponible a solicitud): administración, derechos y responsabilidades.

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